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Los delitos que protegen la vida humana independiente se recogen ahora (CP 1995) en el Título I “el homicidio y sus formas”.

- El bien jurídico protegido La opinión casi unánime lo define como la vida humana independiente.

El objeto material y el sujeto pasivo del delito coinciden: matar a “otro”= ser humano con vida independiente.

2.Causas de justificación: a) la más frecuente es la legítima defensa. El tribunal Supremo no reconoce legitima defensa en caso de riña mutuamente aceptada, salvo que se dé una desproporción de medios evidente. Remisión a los elementos estudiados en la parte general del Derecho penal. b) Cumplimiento de un deber puede afectar a muertes producidas por los miembros de Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones.